La Corte Suprema de Justicia de la Nación avaló por unanimidad el reclamo de la Procuradora Adjunta y Fiscal Anticorrupción de Entre Ríos Cecilia Goyeneche en el que denunció irregularidades en el jury que se desarrolla en su contra. Goyeneche inició un recurso de amparo en los Tribunales de la Provincia y reprochó de ese modo el jury iniciado en su contra por supuesto mal desempeño y en particular la decisión del Jurado de Enjuiciamiento de haber apartado al Ministerio Público Fiscal como órgano acusador y haber convocado a un fiscal ad hoc.

El pronunciamiento del máximo tribunal ocurre luego del fin de las audiencias del jury a Goyeneche, el viernes último, y mientras se aguarda el pronunciamiento del Jurado de Enjuiciamiento, compuesto por siete miembros: los vocales del Superior Tribunal de Justicia (STJ) Gisela Nerea Schumacher, Juan Ramón Smaldone y Daniel Omar Carubia; el senador Armando Gay y el diputado Gustavo Zavallo, ambos del Frente Creer, y los representantes del Colegio de la Abogacía, Verónica Mulone y Gonzalo García Garro.

Fuentes de la Procuración General de Entre Ríos explicaron que con este pronunciamiento de la Corte cobra vigencia el fallo de la jueza de feria Elena Albornoz, que le había dado la razón a Goyeneche, decisión que luego fue anulada por el STJ. En ese escenario, el proceso de jury tal cual se instrumentó pierde validez y se cae.

Una jueza de primera instancia, Elena Albornoz, le dio la razón parcialmente, pero luego de que la Fiscalía de Estado apelara -el recurso se presentó contra el Poder Ejecutivo- el Superior Tribunal de Justicia (STJ) declaró al planteo de Goyeneche como inadmisible. La Procuradora Adjunta entonces pretendió ir a la Corte con un recurso extraordinario, que también le fue rechazado y por eso apeló al recurso de queja.

En el marco de ese proceso en el tribunal federal, este lunes se conoció el dictamen del Procurador GeneralEduardo Ezequiel Casal, que opinó que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos actuó con «notoria ausencia de fundamentación normativa y fáctica, con grave afectación del derecho de defensa en juicio de la recurrente, lo que conduce a su descalificación como acto jurisdiccional válido en el marco de la doctrina de la arbitrariedad de sentencias».

De ese modo se pronunció en un dictamen favorable al recurso de queja que planteó ante el tribunal federal la suspendida Procuradora Adjunta y Fiscal Anticorrupción, Cecilia Andrea Goyeneche, que mediante un recurso de amparo reprochó la decisión del Jurado de Enjuiciamiento de haber apartado al Ministerio Público Fiscal de Entre Ríos en el proceso de jury que se le sigue, y haber nombrado en su lugar a un fiscal ad hoc, el abogado gualeyo Gastón Justet.

El 30 de noviembre de 2021, y en voto dividido, el Jurado de Enjuiciamiento decidió abrir un proceso de jury a Goyeneche por supuesto mal desempeño a partir de sendas denuncias presentadas primero, por el abogado Carlos Reggiardo, luego, por los letrados Rubén Pagliotto y Guillermo Mulet. En esos escritos se reprochó la participación de la Procuradora Adjunta en la investigación de los contratos truchos en la Legislatura por cuanto hubo «comunidad de intereses» con uno de los imputados en esa investigación, el contador Pedro Opromolla. Por esa razón, el fiscal Justet pidió al Jurado de Enjuiciamiento la destitución de Goyeneche.

Goyeneche batalló en varios frentes contra ese proceso en su contra. Recusó a los tres vocales del STJ que integran el Jurado de Enjuiciamiento -compuesto por siete miembros-, Gisela Nerea Schumacher, Daniel Omar Carubia y Juan Ramón Smaldone; también al fiscal ad hoc Justet, y, antes, inició un amparo contra el Gobierno provincial. A principios de febrero último, el STJ, con el voto de los vocales Germán Carlomagno, Miguel Ángel Giorgio y Juan Ramón Smaldone, revocó el fallo dictado el 25 de enero por la jueza Elena Albornoz, que había hecho lugar parcialmente al amparo presentado por  Goyeneche contra lo resuelto por el Jurado de Enjuiciamiento, que, en un proceso de jury, la suspendió en el cargo y además apartó al Ministerio Público Fiscal de su función de órgano acusador.

El alto cuerpo además declaró el amparo como “inadmisible” para cuestionar el apartamiento del Ministerio Público Fiscal como órgano acusador en el marco del proceso que se le sigue ante el Jurado de Enjuiciamiento, por existir otro proceso judicial pendiente de resolución.

El 25 de enero la jueza de feria Elena Beatriz Albornoz hizo lugar parcialmente al amparo, y tildó de «ilegítimo» el accionar del Jurado de Enjuiciamiento al haber apartado al Ministerio Público Fiscal de su función acusadora, y convocar en su lugar a fiscales ad hoc. La magistrada, que sucedió en el tratamiento del recurso de amparo de Goyeneche luego de que en primera instancia interviniera el juez laboral José Antonio Reviriego, dispuso que «el órgano acusador  ante el jury dispuesto a la amparista Cecilia Andrea Goyeneche  sea el Ministerio Público Fiscal  representado por el Procurador General en los términos establecidos por el articulo 11 de la ley 9283».

Luego del pronunciamiento del alto cuerpo, Goyeneche intentó el camino de la Corte con un recurso extraordinario federal, que le fue denegado. Por eso, llegó a la máxima instancia federal mediante un recurso de queja. En su intervención, el Procurador de la Corte opinó que «corresponde hacer lugar a la queja, declarar procedente el recurso extraordinario y devolver las actuaciones al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte nuevo  pronunciamiento con arreglo a derecho».

La Fiscalía de Estado, que se había presentado en Tribunales y había pedido que se rechace el amparo de Goyeneche, apeló la resolución de Albornoz y el caso derivó para su tratamiento ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ).

En el marco del amparo, la Fiscalía de Estado había peticionado a la jueza que “dicte sentencia declarando inadmisible la acción; o a todo evento rechazando in totum la pretensión de la amparista”.

La amparista no era otra que la segunda en la línea de mando de la Procuración General de la Provincia, sometida a un proceso de jury a partir de sendas denuncias –del abogado Carlos Reggiardo, primero, y de los letrados Rubén Pagliotto y Guillermo Mulet, después- que le reprochan su actuación en la causa de los contratos truchos en la Legislatura, en particular no haberse excusado por cuanto uno de los investigados, Pedro Opromolla, tuvo relación comercial con Goyeneche.

Este martes la posibilidad de un pronunciamiento de la Corte era manejado con insistencia en el seno de la reunión de procuradores de todo el país que sesionan en Paraná. Este mediodía dieron una conferencia de prensa, y la expectativa era poder anunciar el fallo de la Corte, que finalmente se retrasó para esta media tarde.Fuentes de la Corte explicaron que ahora el Superior Tribunal de Entre Ríos deberá dictar un nuevo fallo contestando el planteo de Goyeneche de que su jury es inconstitucional porque se reemplazó al fiscal por un fiscal ad hoc (un abogado que oficia de fiscal).

En líndea con lo dictaminado por el Procurador General de la Nación interino, el Máximo Tribunal hizo lugar a la queja interpuesta, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada, al tiempo que ordenó que se dicte una nueva con arreglo a lo expresado en este pronunciamiento. Lo determinó con las firmas de los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti.

Sin que implique adelantar opinión sobre el fondo del asunto, la Corte señaló que “lo resuelto por el a quo (el tribunal entrerriano) desatiende las evidentes diferencias sustanciales entre la actora, en tanto magistrada sometida a un jurado de enjuiciamiento que defiende sus derechos, y el Procurador General provincial, que actúa en resguardo del interés general, institucional y de la legalidad”.

La Corte agregó que “la respuesta meramente dogmática de la máxima instancia jurisdiccional local carece de todo desarrollo argumentativo racional respecto de las cuestiones reseñadas, y en consecuencia no satisface la garantía constitucional de fundamentación de las sentencias judiciales, correspondiendo su descalificación como acto judicial válido”.

Goyeneche denuncia que la persiguen por haber investigado “la mayor causa de corrupción de la historia de la provincia” -que no es la de la condena del exgobernador, es un caso todavía más escandaloso-, mientras que los abogados que pidieron su destitución, de origen radical, dicen que ella no es lo que aparenta, que en realidad pactó con el poder para simular avances judiciales que no son tales y que de esta supuesta conspiración participa también su jefe, el procurador de la provincia.

Entre Ríos Ahora

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