No fue 6 a 1. Fue 5 a 2. Con esa aplastante mayoría, el Jurado de Enjuiciamiento terminó de votar este mediodía por la destitución de la suspendida Procuradora Adjunta y Fiscal Anticorrupción, Cecilia Andrea Goyeneche.

Se cierra así un capítulo conflictivo y polémico en torno al proceso que se le abrió el 30 de noviembre a Goyeneche, tras la presentación, a lo largo de 2021, de sendas denuncias en su contra por supuesto mal desempeño.

El resultado de la votación fue publicado a primera hora de esta tarde por el sitio Análisis Digital.

Goyeneche batalló en el terreno judicial y mediático por torcer el rumbo del proceso, aunque desde el vamos supo que tenía toda las chances de perder: quizá por eso no vaciló en cuestionar severamente la actuación de los tres vocales del Superior Tribunal de Justicia (STJ) que integran el jury.

El Jurado de Enjuiciamiento decidió así por el apartamiento del Poder Judicial de la funcionaria que sentó en el banquillo al exgobernador Sergio Urribarri, condenado finalmente el 7 de abril a 8 años de cárcel en el marco del megajuicio por cinco grandes causas de corrupción de su gobierno.

Los tres integrantes del STJ -Gisela Nerea Schumacher, Daniel Omar Carubia y Juan Ramón Smaldone-, el senador Armando Luis Gay (Frente Creer) y el abogado funcionario del Senado Gonzalo García Garro inclinaron la balanza y votaron por la destitución. Por la absolución lo hicieron la abogada Verónica Mulone, presidenta del Jurado, y el diputado Gustavo Zavallo (Frente Creer).

El puntapié inicial fue el 30 de noviembre de 2021, cuando el Jurado de Enjuiciamiento resolvió la apertura de causa a la Procuradora Adjunta y Fiscal Anticorrupción, Cecilia Andrea Goyeneche, a quien se acusó de supuesto incumplimiento de funciones por su actuación en la causa de los contratos truchos en la Legislatura a partir de la relación comercial que tuvo con uno de los imputados, Pedro Opromolla.

La votación resultó aplastante. Seis de los siete jurados que entonces integraban el Jurado votaron por la apertura de causa: el expresidente del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Martín Carbonell, los vocales del STJ Daniel Carubia, y Claudia Mizawak: los tres votaron por abrir causa a Goyeneche; también lo hizo el senador Armando Gay (Frente Creer); en cuanto a los miembros del Colegio de la Abogacía, Luis María Campos rechazó la denuncia in límine, mientas que su colega Sonia Rondoni votó por darle curso favorable. El último voto, del diputado provincial Gustavo Zavallo (Frente Creer) también se inclinó por abrirle causa a la Procuradora Adjunta.

Respecto del Procurador Jorge García -junto con la Procuradora Adjunta fueron denunciados por los abogados Rubén Pagliotto y Guillermo Mulet-, el Jurado resolvió remitir las actuaciones para que su conducta -reprochada también como superior de Goyeneche por el manejo de la causa de los contratos en la Legislatura- sea analizada por la Cámara de Diputados, convertida en órgano acusatorio en el marco de un proceso de juicio político.  Al respecto, el Jurado de Enjuiciamiento resolvió declarar la incompetencia para dar trámite a la denuncia presenada contra  el Procurador General Jorge A. L. García y remitir copia certificada de las  actuaciones  a la Cámara de Diputados. No prosperó el trámite: Diputados rechazó el pedido.

En la resolución de noviembre, el Jurado resolvió ordenar la formación de causa, conforme artículos 20  de la Ley Nº 9.283 respecto de la Procuradora Adjunta y Fiscal Anticorrupción, Cecilia Goyeneche.  También se dispuso la suspensión en sus funciones como Procuradora Adjunta y Fiscal Anticorrupción hasta el veredicto definitivo, que debe darse en un plazo de seis meses: ese plazo vence el 30 de este mes.

la decisión de que la conducta del Procurador General deba ser resuelta en el ámbito de la Legislatura a través de un juicio político fue votada por los dos representantes del Colegio de la Abogacía, Luis María Campos y Sonia Rondoni, y los dos legisladores, el senador Armando Gay y el diputado Gustavo Zavallo, ambos del Frente Creer. Los tres vocales del STJ, Carbonell, Carubia y Mizawak, cerraron filas por la posicion de que sea enjuiciado por el Jurado de Enjuiciamiento.

La votación por la apertura de causa a Goyeneche fue 6 a 1, con la única posición contraria de Luis María Campos, que consideró que las denuncias debían ser rechazadas in límine.

La decisión de suspender a la Procuradora Adjunta mientras dura el proceso de jury fue votada por cinco integrantes del Jurado de Enjuiciamiento: los vocales del STJ Martín Carbonell, Claudia Mizawak y Daniel Carubia; la representantes de los abogados Sonia Rondoni, y el senador Armando Gay; en contra, votaron Luis María Campos y Gustavo Zavallo.

La misma votación ocurrió para la decisión de apartar al Ministerio Público Fiscal como órgano acusador ante el Jurado de Enjuiciamiento. Se decidió que se busque un fiscal de la lista de conjueces. Esa votación resultó 5 a 2, con la oposición de Zavallo y Campos.

El primer pedido de jury a Goyeneche fue planteado el martes 13 de julio de 2921 por el abogado Carlos Reggiardo por su actuación en la causa de los contratos truchos en la Legislatura.

demás de su remoción, el letrado solicitó que Goyeneche sea suspendida mientras se tramita la causa por presunta falta de idoneidad moral, mal desempeño de sus funciones, e incumplimiento de los deberes a su cargo.

El abogado oriundo de Victoria enumeró una serie de hechos, que respaldó con publicaciones periodísticas. En primer lugar, calificó de grave la actuación de la fiscal en una causa en la que se descubrió que tenía una relación comercial con Pedro Opromolla, uno de los imputados e integrante del estudio contable Integral Asesoría.

En 2019, el Jurado de Enjuiciamiento había resuelto rechazar un primer pedido de enjuiciamiento de Reggiardo contra el Procurador General Jorge García.

El Jurado de Enjuiciamiento se declaró competente y desestimó denuncia contra el Procurador General de la Provincia, Jorge García, que había sido denunciado por mal desempeño el 21 de noviembre de 2018 por el abogado Carlos Reggiardo.

El  pedido de jury al Procurador fue presentado el 21 noviembre de 2018. En el escrito, el abogado Reggiardo pidió “la apertura del procedimiento de remoción del fiscal denunciado, ordenando la suspensión y oportunamente la destitución” del jefe de los fiscales, y fundó esa petición en una serie de planteos, como “falta de idoneidad”, “incumplimiento del deber de acusar” en el jury al juez Carlos Rossi, sometido a investigación por su actuación en la liberación del femicida de Micaela García, Sebastián Wagner; también por “denegatoria del derecho de acceso a la información”; por la designación de fiscales auxiliares sin dar intervención al Consejo de la Magistratura; por “tráfico y abuso de influencias”; y, entre otros reproches, por “operaciones de prensa”.

Mientras el Jurado de Enjuiciamiento tramitaba esa denuncia de Reggiardo contra Goyeneche, hubo una segunda presentación: los abogados Rubén Pagliotto y Guillermo Mulet presentaron sendos pedidos de jury -con la accesoria de apartamiento temporal de sus funciones mientras dure la investigación- del Procurador General de la Provincia, Jorge Amílcar Luciano García, y de la Procuradora Adjunta, Cecilia Andrea Goyeneche.

En un texto de 100 páginas, Pagliotto y Mulet desarrollan sus cargos contra el Procurador y la Procuradora Adjunta, a quienes reprochan mal desempeño, incumplimiento de deberes funcionales y graves desórdenes de conducta, lo que también podría llegar a constituir, eventualmente, conductas tipificadas en el Código Penal, lo cual abriría la posibilidad de iniciar una Investigación Penal Preparatoria a ambos altos funcionarios.

A Goyeneche le endilgan su participación en la causa Contratos en la Legislatura, siendo a la vez socia de uno de los investigados. «Concretamente se acusa a la Dra. Cecilia Andrea Goyeneche por las causales previstas en el art. 15º inc. 6 y 9 de la Ley Nº 9283 y al Dr. Jorge Amílcar Luciano García  de estar encuadrado en la causal del art. 15º inc. 4° y 9° de la citada ley -falta de vigilancia del movimiento general de la causa a cargo de su subalterna, y de no ejercer los inexcusables deberes a su cargo al no apartarla para que continuara con la investigación» de la causa Contratos, expediente «del cual objetivamente surgía que tenía intereses y como se desarrolla más abajo en este memorial, comportamiento omisivo que también encuadra en mal desempeño en sus funciones, a tenor del inc. 9 del art. 15º de la ley de enjuiciamiento».

Goyeneche quedó como única investigada por el Jurado, ya con nueva composición: lo integran los vocales del STJ Gisela Nerea Schumacher, Daniel Omar Carubia y Juan Ramón Smaldone; el senador Armando Luis Gay y el diputado Gustavo Zavallo; y los representantes del Colegio de la Abogacía, Verónica Mulone y Gonzalo García Garro. El 29 de diciembre buscó voltear la decisión del Jurado con un recurso de amparo que presentó contra el Poder Ejecutivo.

Goyeneche presentó el recurso de amparo el 29 de diciembre del año último y apuntó contra la decisión que adoptó el Jurado de Enjuiciamiento el 30 de noviembre, cuando dispuso suspenderla en el cargo mientras dure el proceso de jury en su contra por supuesto mal desempeño de su función y, además, decidió apartar a todo el Ministerio Público Fiscal como órgano acusador y convocar a fiscales ad hoc para acusarla en el jury.

«Mediante dicho acto la demandada decidió la apertura del enjuiciamiento a la suscripta y, por mayoría de 5 votos, y en flagrante violación a las garantías constitucionales de legalidad de los actos públicos y división de poderes -en su aspecto de independencia judicial- y estabilidad en el ejercicio del cargo» -apunta- resolvió «la suspensión en sus funciones como Procuradora Adjunta y Fiscal Anticorrupción, hasta el veredicto definitivio». Además, el Jurado de Enjuiciamiento ordenó «separar del conocimiento de la causa a la totalidad de los
integrantes del Ministerio Público Fiscal».

El 25 de enero último, la jueza de feria Elena Albornoz había hecho lugar parcialmente a ese amparo de Goyeneche y tildó de «ilegítimo» el accionar del Jurado de Enjuiciamiento al haber apartado al Ministerio Público Fiscal de su función acusadora, y convocar en su lugar a fiscales ad hoc. La magistrada, que sucedió en el tratamiento del recurso de amparo de Goyeneche luego de que en primera instancia interviniera el juez laboral José Antonio Reviriego, dispuso que «el órgano acusador  ante el jury dispuesto a la amparista Cecilia Andrea Goyeneche  sea el Ministerio Público Fiscal  representado por el Procurador General en los términos establecidos por el articulo 11 de la ley 9.283».

El caso llegó en apelación al Superior Tribunal de Justicia (STJ) por impulso de la Fiscalía de Estado por cuanto el amparo había sido presentado contra el Poder Ejecutivo. El 9 de febrero,  con el voto de los vocales Germán Carlomagno, Miguel Ángel Giorgio y Juan Ramón Smaldone, el STJ revocó el fallo dictado por la jueza Elena Albornoz, y declaró el amparo como “inadmisible” para cuestionar el apartamiento del Ministerio Público Fiscal como órgano acusador en el marco del proceso que se le sigue ante el Jurado de Enjuiciamiento, por existir otro proceso judicial pendiente de resolución.

Goyeneche recurrió esa resolución y pidió ir a la Corte con un recurso extraordinario federal, pero se lo rechazaron. La presentación la hizo el 22 de febrero. Pero el máximo tribunal no actuó con prisa. Recién el  4 de abril hubo pronunciamiento: ese día el STJ -con los votos de los vocales Germán Reynaldo Carlomagno, Miguel Ángel Giorgio y Fabiola María Livia Bogado Ibarra -integra la Sala III de la Cámara Laboral y se sumó como vocal ad hoc- y el voto en disidencia del vocal Bernardo Salduna, denegó ese camino. Por eso, al final Goyeneche llegó a la Corte con un recurso de queja.

El máximo tribunal federal, con el voto de sus cuatro miembros -Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti-, falló el martes 10 del actual a favor del planteo de Goyeneche por lo cual dictaminó que «se hace lugar a la queja interpuesta, se declara procedente el recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada». Y devolvió el caso al STJ «a fin de que, por quien corresponda, se dicte una nueva sentencia con arreglo a lo expresado en este pronunciamiento».

El sábado 14 del actual quedó integrado el tribunal para tratar el planteo de fondo en el amparo que presentó Goyeneche. El Superior Tribunal de Justicia (STJ), con una integración distinta – Guillermo Federik, de la Sala Segunda de la Cámara Tercera Laboral; Emilio Luján Matorras, de la Sala Segunda de la Cámara Tercera Laboral (en disidencia parcial); María Gabriela López Arango, de la Sala Primera de la Cámara Tercera Laboral; y Pablo Andrés Vírgala, del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná- resolvió aceptar la excusación del vocal Germán Carlomagno, y rechazar las excusaciones de la vocal  Fabiola María Livia Bogado Ibarra, presidenta de la Sala Primera de la Cámara Laboral, y de Bernardo Salduna, vocal del STJ.

De ese modo, se dejó integrado el tribunal que deberá resolver la acción de amparo de Goyeneche con los siguientes magistrados: Bernardo Salduna,  Fabiola María Livia Bogado Ibarra, Guillermo Leopoldo Federik, Emilio Luján Matorras, María Gabriela López Arango, Pablo Andrés Vírgala, Gervasio Pablo Labriola, Alejandro Diego Grippo (los tres últimos del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná) y la presidenta del STJ, Susana Medina.

Este miércoles, el STJ ad hoc con el voto de los jueces Fabiola María Livia Bogado Ibarra, Guillermo Leopoldo Federik, Emilio Luján Matorras, María Gabriela López Arango, y la disidencia de Bernardo Salduna, revocó el fallo de la jueza Alboroz y rechazó el amparo de Goyeneche.

Entre Ríos Ahora

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